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ID 25914959
ERROR: "La remuneración bruta / base imponible x informada (999.999) difiere a la determinada (555.555) a partir de las liquidaciones de sueldos ingresadas"
24/11/2020 12:00:00 a.m.

La remuneración total corresponde a la sumatoria de todos los conceptos remunerativos y no remunerativos que se hayan liquidado en el período, considerando todas las liquidaciones de sueldos ingresadas para el empleado en el mismo período.

La falta de coincidencia entre las bases calculadas por el sistema y las informadas por el empleador puede deberse a diferentes razones:

a. Diferencias entre lo parametrizado y lo informado

En base a los conceptos liquidados y a su parametrización, se deben calcular las bases imponibles e identificar, errores, de existir. Dependiendo de lo identificado se deberá cambiar la parametrización o lo informado en la liquidación.

Debe tenerse en cuenta, que para cambiar la parametrización, el concepto a modificar no debe haberse utilizado en ninguna otra liquidación

Si sólo fuera utilizado en la liquidación bajo análisis, se debe borrar, modificar la parametrización y volver a subir para continuar con el proceso.

b. Cálculo de topes diferentes por no indicar cantidad asociada a conceptos SAC proporcional (120003)/ Adelanto Vacacional (150000)

Al incluir en la liquidación ítems relacionados a los conceptos AFIP 120003 y 150000, debe completarse en el detalle de la liquidación, la cantidad de días relacionados a ese concepto, para poder realizar la proporción del tope a aplicar.

c. Falta de consideración de alguna/s liquidaciones cargadas al conformar las bases. Tener en cuenta que si el empleado tiene aceptadas liquidaciones previas para el período, en la liquidación actual se deben acumular los valores de las bases imponibles informadas previamente.

d. Cantidad de días para proporcionar el tope:

El campo "cantidad" de días para proporcionar el tope", registro 2 o segunda pantalla cuando la carga es manual, debe informarse con 30 o 00 en los casos en que el empleado haya trabajado mes completo. De no cumplirse esto último, debe informarse la cantidad de días trabajados en el mes.

Si se informa 31 días en vez de 30, el sistema incrementará el tope mensual en un día, dado que el sistema considera base 30 para los cálculos.

e. Campos bases diferenciales LRT, Seguridad Social y Obra Social:

Verificar los montos informados en estos campos ya que se suman a las bases imponibles.

f. Empleados con modalidad media jornada que deben completar aportes:

En el caso de los trabajadores de media jornada- a tiempo parcial- que deban tributar por bases mayores a las que conforman su liquidación de sueldos, se deben justificar el incremento de las bases en el campo: "Base diferencial de aporte/ Contribución de obra social"

Tener en cuenta que en la liquidación de sueldos se debe reflejar el 3% de obra social retenido al empleado considerando la base imponible 4.

Si el CCT indica que el empleador debe hacerse cargo de la diferencia, se debe ingresar un concepto asociado al 820.000, denominado, por ejemplo: "Aportes a cargo del empleador", como un crédito y así representará el mismo valor neto que en el recibo, informándose correctamente los montos en la declaración jurada.

Para mayor información, consultar en las guías publicadas en el micrositio "Libro de Sueldos Digital".


Fuente: DI OISS



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