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ID 25820705
¿Qué saldos a favor son utilizables para compensar deuda?
23/09/2020 12:00:00 a.m.

Los saldos a favor utilizables para la compensación de las obligaciones -capital, multas firmes e intereses no condonados- serán los que se indican a continuación:

a) Saldos de libre disponibilidad provenientes de declaraciones juradas registradas en el sistema "Cuentas Tributarias" al 26/08/2020

b) Devoluciones, reintegros o reembolsos, en materia impositiva, aduanera o de los recursos de la seguridad social, que hayan sido solicitados hasta el 26/08/2020, se encuentren aprobados la AFIP y registrados en el servicio "Sistema de Cuentas Tributarias" o "Solicitud Disposición de Créditos Aduaneros", según corresponda.


Fuente: Art. 30 RG 4816/20



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