A fin de adherir a los planes de facilidades de pago se deberá:
a) Ingresar con al servicio con clave fiscal "Mis Facilidades", opción "Regularización Excepcional - Ley 27.562".
b) Convalidar, modificar, incorporar y/o eliminar las obligaciones adeudadas a regularizar.
c) Elegir el plan de facilidades de pago que corresponda conforme al tipo de obligación a regularizar.
d) Seleccionar la CBU a utilizar.
e) Consolidar la deuda, generar a través de "Mis Facilidades" el VEP correspondiente al pago a cuenta -de corresponder- que tendrá validez hasta la hora 24 del día de su generación, y efectuar su ingreso a través de transferencia electrónica de fondos.
De no haberse ingresado el pago a cuenta, el responsable podrá proceder a su cancelación generando un nuevo VEP, con el fin de registrar la presentación del plan de facilidades de pago.
f) En caso de no exigirse el ingreso de pago a cuenta se deberá proceder al envío del plan.
g) Descargar, a opción del contribuyente, el F. 1003 junto con el acuse de recibo de la presentación realizada.