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ID 25789970
¿Cómo debe solicitarse la anulación de adhesión?
04/12/2020 12:00:00 a.m.

Los contribuyentes y responsables -ante la detección de errores- podrán solicitar hasta el 11 de diciembre de 2020, inclusive, la anulación del acogimiento al régimen de regularización mediante el servicio "Presentaciones Digitales", seleccionando el trámite que, según el modo de adhesión, se indica a continuación:

Compensación: "Procesamiento o anulación de compensación".

Pago al contado o plan de facilidades de pago: "Planes de pago. Anulaciones, cancelaciones anticipadas totales y otras".

Al efecto, deberá fundamentarse el motivo de la respectiva solicitud a fin de efectuar una nueva adhesión, en cuyo caso deberá cumplirse con el procedimiento de adhesión, según corresponda.

En el supuesto de haber efectuado el ingreso en concepto de pago a cuenta el mismo podrá ser imputado a la cancelación de las obligaciones que el contribuyente considere, sin que pueda ser afectado a la cancelación del pago a cuenta y/o cuotas de planes de facilidades de pago.


Fuente: Art. 7 RG 4816/20



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