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ID 25771529
¿Cuáles son las características de los planes?
23/09/2020 12:00:00 a.m.

a) El pago a cuenta será un porcentaje de la deuda consolidada de acuerdolos siguientes porcentajes:

Sujeto

Pago a cuenta

Pequeña y Mediana Empresa Tramo 1

1%

Mediana Empresa Tramo 2

2%

* Condicionales
* Demás contribuyentes

4%

* Micro empresas
* Pequeños Contribuyentes
* Entidades sin fines de lucro y organizaciones comunitarias, entes públicos no estatales, etc.

NO TIENE

El pago a cuenta se calculará según las fórmulas que se consignan en el micrositio denominado ¿Moratoria¿. El monto mínimo del componente capital del pago a cuenta será de $ 1.000.-, excepto en aquellos casos en que el total consolidado no supere este valor.

De corresponder, se le adicionará el importe de capital de los anticipos y el monto adeudado por el IVA por importaciones de servicios

b) Las cuotas serán mensuales y consecutivas, y se calcularán aplicando las fórmulas que pueden consultarse en el citado micrositio. El monto mínimo del componente capital de cada cuota será de $ 1.000.-, excepto en aquellos casos en que el total consolidado no supere este valor.

c) La tasa de interés mensual de financiamiento se aplicará de acuerdo con el siguiente esquema:

2% mensual para las cuotas con vencimiento hasta el mes de mayo de 2021, inclusive.

Para las cuotas con vencimiento en los meses de junio de 2021 y siguientes, la tasa será variable y equivalente a la tasa BADLAR en pesos utilizada por los bancos privados, vigente al día 20 del mes inmediato anterior al inicio del semestre que corresponda. A estos efectos, se considerarán los semestres junio/noviembre y diciembre/mayo, siendo la primera actualización para la cuota con vencimiento en el mes de junio de 2021.

d) La fecha de consolidación de la deuda será la correspondiente al día de cancelación del pago a cuenta o, en su caso, de la presentación del plan.

e) La confirmación de la cancelación del pago a cuenta producirá en forma automática el envío de la solicitud de adhesión al plan. De no exigirse el ingreso de pago a cuenta se deberá proceder a su presentación.

f) La presentación del plan será comunicada al contribuyente a través del Domicilio Fiscal Electrónico.


Fuente: Art. 36 RG 4816/20



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