ID 25374021 ¿Qué medidas se disponen con carácter de excepción en el marco de la pandemia de COVID-19?
31/01/2023 11:15:55 a.m.
Con carácter de excepción y hasta el 30 de noviembre de 2022, las obligaciones del impuesto a las ganancias y del impuesto sobre los bienes personales de los contribuyentes y/o responsables podrán regularizar en los términos de laRG 4057/17, en hasta 3 cuotas, con un pago a cuenta del 25% y a la tasa de financiamiento prevista en dicha norma, para quienes cuenten con categoría A, B, C o D del Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER).
Fuente: más información en RG 4059/21, RG 5243/22, RG 5265/22 y RG 5279/22