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ID 25052328
¿Qué sucede en caso de que caduque el plan?
16/01/2020 12:00:00 a.m.

De producirse la caducidad del plan, implicará la reanudación de la acción penal tributaria o aduanera o habilitará la promoción de la denuncia penal que corresponda, en aquellos casos en que el acogimiento se hubiere dado en forma previa a su interposición. También importará el comienzo o la reanudación, según el caso, del cómputo de la prescripción penal tributaria y/o aduanera.


Fuente: Art. 10 Ley 27.541



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