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ID 24917094
¿Qué sucede en caso de incumplimiento en la presentación de las declaraciones juradas?
11/12/2019 12:00:00 a.m.

En caso que la información no se encuentre disponible, debido al incumplimiento por parte de la empresa de la presentación de declaraciones juradas, la AFIP dentro de los primeros 5 días hábiles del cuarto mes posterior al cierre de su ejercicio fiscal, enviará una notificación al domicilio fiscal electrónico de la empresa informando la imposibilidad del envío automático de la información. En este caso la empresa, a efectos de la renovación automática del "Certificado MiPyME", deberá subsanar los incumplimientos a fin de permitir la transmisión de la información, conforme a lo establecido por la presente.


Fuente: Art. 4 RG 4642/19



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