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ABC - Consultas y Respuestas Frecuentes sobre Normativa, Aplicativos y Sistemas. |
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ID 248936 ¿Cuándo se perfecciona el hecho imponible en el caso de telefonía celular y satelital? 18/10/2005 12:00:00 a.m. El hecho imponible se perfecciona al vencimiento de las respectivas facturas y/o venta o recarga de tarjetas. Fuente: Art. 32 Ley 24.674
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