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ID 24163062
¿Cuál es la cantidad de envíos, por año calendario y por persona, que podrán ingresarse a través del régimen exentos del pago de tributos que graven la importación?
03/04/2019 12:00:00 a.m.

Aquellos envíos cuyo valor no superen los U$S 50, hasta un máximo de 12 envíos por año calendario, se podrán despachar con exención de los tributos que gravaren la importación.

Cuando se excediera de los límites mencionados precedentemente, el excedente quedará sujeto al pago de tributos correspondientes.


Fuente: Art. 80 Dto. 1001/82



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