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ID 238902
¿Cuál es la base imponible en el caso de operaciones a título oneroso?
18/10/2005 12:00:00 a.m.

Con excepción del impuesto interno a los cigarrillos, los gravámenes se liquidarán aplicando las respectivas alícuotas sobre el precio neto de venta que resulte de la factura o documento equivalente.

El precio neto de venta se obtendrá deduciendo del precio de venta cobrado al adquirente, los siguientes conceptos:

a)Bonificaciones y descuentos en efectivo hechos al comprador por épocas de pago u otro concepto similar;

b) Intereses por financiación del precio neto de venta;


c) Débito fiscal del impuesto al valor agregado que corresponda al enajenante como contribuyente de derecho.

Las mencionadas deducciones procederán siempre que correspondan en forma directa a las ventas gravadas y en tanto figuren discriminados en la respectiva factura y estén debidamente contabilizados.


Fuente: Art. 4 Ley 24.674



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