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ID 23884398
¿Qué sucede en caso de no conformase la Declaración Jurada?
20/02/2019 12:00:00 a.m.

De no conformarse la declaración jurada el responsable podrá abonar el importe del derecho que estime correcto. No obstante, la falta de la presentación de la declaración jurada dará lugar a esta Administración Federal a efectuar las determinaciones correspondientes, en función de las facultades previstas en el Art. 6° del Dto. 1201/18.


Fuente: Art. 8 RG 4400/19



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