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ID 2380115
¿Cómo debo valuar un inmueble situado en el exterior?
18/04/2006 12:00:00 a.m.

Deberá valuarlos de acuerdo al valor de plaza en el exterior al 31 de diciembre de cada año. Constituye valor de plaza, el precio que se obtendría en el mercado en caso de venta del bien que se valúa, en condiciones normales de venta.

A tales efectos se considerarán constancias suficientes las certificaciones extendidas en el país extranjero por los correspondientes organismos de aplicación o por los profesionales habilitados para ello en dicho país.

En todos los casos será indispensable la pertinente legalización por la autoridad consular argentina.


Fuente: Art. 23 inc. a) Ley Nº 23.966



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