ID 23431569 ¿Qué obligaciones no pueden cancelarse con billetera electrónica AFIP?
06/11/2023 03:41:11 p.m.
No podrá utilizarse el crédito registrado en la billetera
electrónica AFIP, para el pago de las siguientes obligaciones:
a)
Los aportes y contribuciones con destino al régimen especial de
contrato de trabajo para el personal de casas particulares.
b)
Cuotas y/o pagos a cuenta correspondientes a planes de facilidades de
pago solicitados mediante el sistema "MIS
FACILIDADES".
c)
Regímenes cuyos pagos deban ser ingresados mediante la generación
de volantes de pago específicos (por ejemplo: honorarios de
representantes del Fisco, guías fiscales agropecuarias, etc.).
Para
ingresar al sitio de Billetera electrónica,
ingresar aquí.