ID 23232816 ¿Qué requisitos se evaluarán para autorizar la emisión del remito electrónico cárnico?
04/09/2018 12:00:00 a.m.
Este Organismo autorizará la solicitud para la emisión del remito electrónico cárnico siempre que el sujeto obligado reúna los requisitos que se detallan a continuación:
a) Posea la CUIT con estado "activa sin limitaciones".
b) Haya declarado y mantenga actualizado el domicilio fiscal, así como los domicilios de los locales y establecimientos.
c) Tenga habilitado el "punto de emisión" desde el cual se emitirá el "REC". Para ello ingresará al servicio con clave fiscal "Administración de Puntos de venta y Domicilios" opción "ABM Puntos de Venta/Emisión", especificando si el mismo se utilizará para la emisión de "Remito Electrónico en Línea" o "Remito Electrónico Web Services", según corresponda y elegir entre los domicilios declarados como comerciales previamente en el Sistema Registral, aquel desde el que se realizará el traslado.