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ID 23232816
¿Qué requisitos se evaluarán para autorizar la emisión del remito electrónico cárnico?
04/09/2018 12:00:00 a.m.

Este Organismo autorizará la solicitud para la emisión del remito electrónico cárnico siempre que el sujeto obligado reúna los requisitos que se detallan a continuación:

a) Posea la CUIT con estado "activa sin limitaciones".

b) Haya declarado y mantenga actualizado el domicilio fiscal, así como los domicilios de los locales y establecimientos.

c) Tenga habilitado el "punto de emisión" desde el cual se emitirá el "REC". Para ello ingresará al servicio con clave fiscal "Administración de Puntos de venta y Domicilios" opción "ABM Puntos de Venta/Emisión", especificando si el mismo se utilizará para la emisión de "Remito Electrónico en Línea" o "Remito Electrónico Web Services", según corresponda y elegir entre los domicilios declarados como comerciales previamente en el Sistema Registral, aquel desde el que se realizará el traslado.


Fuente: Art. 11 RG 4256/18



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