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ID 22318962
¿La inscripción de un inmueble/contrato en el Registro fiscal de tierras rurales explotadas reemplaza al trámite de actualización de datos que se debe realizar en el Registro fiscal de operadores de granos (RFOG)?
17/11/2017 12:00:00 a.m.

No, la entrada en vigencia del Registro fiscal de tierras rurales explotadas no afecta la forma en la que deben operar los contribuyentes que soliciten su inscripción, modificación o actualización de datos en el Registro fiscal de operadores de granos (RFOG - RG 2300/07), ni es requisito de permanencia en el mismo.

No obstante, la RG 4154/17, a través de su artículo 1°, sustituye el artículo 27 de la RG 4096/17, estableciendo la aplicación desde el 01/01/2018. Desde esta fecha, la "Constancia de alta de tierras rurales explotadas" podrá presentarse en reemplazo de la fotocopia del título de propiedad del inmueble o contrato celebrado y vigente para determinadas categorías tales como productor o acopiador entre otras.


Fuente: CIT AFIP



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