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ID 22316913
¿Se debe registrar un contrato que al 01/08/2017 se encontraba vencido?
17/11/2017 12:00:00 a.m.

No, independientemente de la existencia de pagos pendientes, sólo deben informarse en el Registro fiscal de tierras rurales explotadas (TIRE):


1) Opcionalmente, aquellos contratos con vencimiento entre el 01/08/2017 y 31/12/2017.


2) Obligatoriamente, aquellos contratos cuyo vencimiento opere con posterioridad al 01/01/2018.


Fuente: CIT AFIP



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