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ID 22275933
Un titular de un inmueble rural que lo cede en arrendamiento, ¿debe inscribirse en el Registro fiscal de tierras rurales explotadas (TIRE)?
17/08/2017 12:00:00 a.m.

Sí, el titular de un inmueble rural cedido en arrendamiento deberá inscribirse en el Registro siempre que el destino dado al mismo por el arrendatario sea:

- cultivo de granos y semillas -cereales y oleaginoso- y legumbres secas - porotos, arvejas y lentejas, o

- subcontratación, siempre y cuando el destino del inmueble sea el desarrollo de la actividad mencionada en el ítem anterior.

La RG 4096-E establece que la registración en el Registro (TIRE) de un inmueble debe realizarla el titular del mismo.


Fuente: CIT AFIP



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