ID 22275933 Un titular de un inmueble rural que lo cede en arrendamiento, ¿debe inscribirse en el Registro fiscal de tierras rurales explotadas (TIRE)?
17/08/2017 12:00:00 a.m.
Sí, el titular de un inmueble rural cedido en arrendamiento deberá inscribirse en el Registro siempre que el destino dado al mismo por el arrendatario sea:
- cultivo de granos y semillas -cereales y oleaginoso- y legumbres secas - porotos, arvejas y lentejas, o
- subcontratación, siempre y cuando el destino del inmueble sea el desarrollo de la actividad mencionada en el ítem anterior.
La RG 4096-E establece que la registración en el Registro (TIRE) de un inmueble debe realizarla el titular del mismo.