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ID 22142748
¿Que se considera propietario a los efectos del registro fiscal de tierras explotadas?
04/08/2017 12:00:00 a.m.

A los efectos del Registro fiscal de tierras rurales explotadas, se considera "Propietario" a quien cuenta con los derechos de propiedad sobre las tierras rurales explotándola él mismo o a través de terceros.


Fuente: Anexo I 4096/17



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