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ID 22105866
Evento 4098 - ¿Cómo puede afectar a los sujetos pasibles de retención su estado incluidos o no incluidos del RFOCB?
16/09/2019 12:00:00 a.m.

Los sujetos que adquieran hacienda en pie bovina/bubalina con destino a faena o intervengan en tales operaciones como consignatarios/comisionistas, deberán practicar la retención, cuando las mismas se realicen con sujetos que no se encuentren incluidos en el "Registro" o que -encontrándose incluidos- no hubieran declarado ante este Organismo una Clave Bancaria Uniforme (CBU) asignada por la entidad bancaria en la que posean una cuenta corriente o caja de ahorro, en los términos de lo previsto en el Artículo 5° de la Resolución General N° 2.675, sus modificatorias y complementarias.

Respecto de la retención, no deberá ser practicada cuando los vendedores se encuentren incluidos en el "Registro". En tal caso, los adquirentes o consignatarios/comisionistas quedan obligados a depositar en la Clave Bancaria Uniforme (CBU) informada ante esta Administración Federal, el monto total correspondiente al impuesto al valor agregado liquidado en la factura o documento equivalente que respalda la respectiva operación. A tal fin, deberán ingresar al sitio "web" institucional y realizar la consulta pública de los sujetos empadronados en el referido "Registro".


Fuente: Art. 36 inc. b) RG 3873/16



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