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ID 21640743
¿En caso de ser responsable inscripto en el IVA, pero no haber obtenido ingresos durante el período fiscal 2015, a partir de cuándo quedaría obligado?
23/02/2017 12:00:00 a.m.

Los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado que no hubieran obtenido ingresos durante el período fiscal 2015 por haber iniciado actividades con posterioridad, deberán cumplir con la referida obligación desde la fecha prevista para aquellos ciudadanos que hubieran obtenido ingresos menores o iguales a $1 millón, según sea la actividad desarrollada, o desde la fecha de inicio de la misma, cuando ésta sea posterior.


Fuente: Art. 2 RG 3997/17



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