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ID 21636645
¿Cuál será el cronograma de implementación para los responsables inscriptos en el IVA?
08/05/2017 12:00:00 a.m.

Resultará de aplicación a partir de las fechas que seguidamente se indican:

ActividadesIngresos brutos del período fiscal 2015

Mayores o iguales a $ 4 millonesEntre $1 millón y $ 4 millonesMenores o iguales a $ 1 millón
Comercio al por mayor y menor30/04/1731/05/1730/06/17
Servicio de alojamiento30/04/1731/05/1730/06/17
Servicio de comidas30/04/1731/05/1730/06/17
Servicios profesionales31/07/1731/08/1730/09/17
Servicios de la salud humana y acción social31/07/1731/08/1730/09/17
Servicios de entretenimiento31/07/1731/08/1730/09/17
Servicios culturales y deportivos31/07/1731/08/1730/09/17
Las demás secciones31/10/1730/11/1731/12/17

Se considerará el monto total de ingresos brutos anuales que surjan del último balance comercial cerrado con anterioridad al 31 de diciembre de 2015, inclusive, o los obtenidos durante dicho año calendario de tratarse de sujetos que no confeccionan balances comerciales

En caso de desarrollarse dos o más actividades, deberá considerarse la fecha de aplicación correspondiente a la actividad principal declarada ante el Organismo al 31 de diciembre de 2015 y sumarse los ingresos brutos anuales de todas las actividades.


Fuente: Art. 1 RG 3997/17



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