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ID 21583371
¿Qué parámetros se aplicarán para determinar la recategorización de oficio?
11/03/2024 04:51:42 p.m.


Los parámetros a considerar si corresponde o no la recategorización de oficio serán las compras y gastos necesarios para el desarrollo de la actividad,  la adquisición de bienes, los gastos de índole personal o acreditaciones bancarias, por un valor que supere el importe de los ingresos brutos anuales máximos admitidos para la categoría en la cual está encuadrado.


A estos efectos, se detraerá del total de compras y gastos las adquisiciones de bienes de uso, siempre que se demuestre que fueron pagadas con ingresos adicionales a los del monotributo, que resulten compatibles con el régimen.

 

 

Si se verifica la situación descripta en el primer párrafo, la nueva categoría a asignar será la que corresponda al importe de ingresos brutos anuales resultante de la sumatoria de las compras y gastos indicados más el 20% o el 30% de dicho valor, según se trate la actividad de locación, prestación de servicios y/o ejecución de obras, o de venta de cosas muebles, respectivamente



Fuente: Art. 23 RG 4309/18



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