ID 20827288 En relación a la disponibilidad de las tenencias de moneda nacional o extranjera en efectivo depositadas en las cuentas especiales, a los efectos de disponer de los fondos depositados con anterioridad a los plazos de permanencia, ¿Cuál es el alcance de la expresión "bienes muebles registrables"?
12/09/2016 12:00:00 a.m.
A los efectos de disponer anticipadamente de los fondos depositados, de acuerdo a los previsto en el artículo 44 de la Ley 27260, respecto del el plazo de permanencia, el alcance de la expresión "bienes muebles registrables" se limita a aquellos que requieran la inscripción en un registro público (p.ej. automotores, buques, aeronaves, etc.).