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ID 20710495
Cuando el pago del impuesto especial es con títulos públicos BONAR 17 y/o GLOBAL 17, ¿el sistema emitirá el "Volante para pago con Títulos públicos BONAR 17 y/o GLOBAL 17" y calculará el valor nominal que tiene que transferir el contribuyente?
22/08/2016 12:00:00 a.m.

Para el pago del impuesto especial con títulos públicos AA17/GJ17 el sistema emitirá un volante, con los datos inherentes a los fines de efectuar la orden de transferencia desde la cuenta comitente del ciudadano a la de la AFIP. Dicho volante, informará una cantidad de nominales a transferir, teniendo en cuenta el importe del impuesto especial dividiendo la cotización del dólar vendedor BNA del día hábil anterior, por ello es estimativo. De existir un remanente a cancelar, se deberá generar un VEP y abonarlo, con el fin de presentar la DJ.

Por otra parte, la Comunicación "A" 6022 del BCRA establece que las cuentas de los punto 5.5 (cuentas especiales por depósitos de tenencia con destino a la adquisición de Fondos Comunes de Inversión) y 5.7 (Cuentas especiales por depósito de tenencia con destino a permanencia), pueden derivar fondos para el pago del Impuesto Especial.


Fuente: CIT AFIP



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