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ID 20173657
En el caso de entidades bancarias, ¿en qué plazo deberán presentar la información de las acreditaciones?
21/07/2016 12:00:00 a.m.

La información de las acreditaciones realizadas por cada mes calendario, se realizará mensualmente, hasta el día 15 del mes en que se realizó la efectiva acreditación de la totalidad de los reintegros correspondientes al mes anterior.


Fuente: Art. 6 RG 3906//16



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