ID 20038423 ¿Quiénes pueden tramitar el Certificado de Exclusión (no retención de IVA) de manera simplificada?
03/04/2024 12:57:17 p.m.
Podrán efectuar la solicitud los siguientes sujetos:
- Aquellos sujetos categorizados como empresas Micro, Pequeñas y Medianas (tramo 1), excepto para quienes desarrollen actividades de la construcción y minería
- Personas humanas que su actividad se desarrolle en el sector servicios, cuando sus ventas totales anuales expresadas en pesos y personal ocupado sean inferiores o iguales al límite establecido, para cada caso, según los siguientes cuadros:
Tramo
Ventas Anuales
Servicios
Comercio
Industria
Agropecuario
Micro
$ 91.494.000
$ 599.483.000
$ 435.869.000
$ 316.630.000
Pequeña
$ 551.596.000
$ 4.270.323.000
$ 3.256.865.000
$ 1.166.340.000
Mediana Tramo 1
$ 4.565.365.000
$ 20.297.829.000
$ 23.180.330.000
$ 6.863.946.000
Tramo
Personal Ocupado
Servicios
Comercio
Industria
Agropecuario
Micro
7
7
15
5
Pequeña
30
35
60
10
Mediana Tramo 1
165
125
235
50
-Las Pequeñas y Medianas Empresas (Tramo 1) deberán acreditar un Saldo de Libre Disponibilidad en la última DJ equivalente o superior al 10% del promedio del impuesto determinado en los últimos 12 meses. En el caso de Microempresas, el mencionado porcentaje podrá ser inferior.
- Los sujetos mencionados para acceder a los beneficios deberán cumplir con los requisitos del ID 20034325
Aclaración: Los topes de personal ocupado solo resultan aplicables para las empresas que realicen actividades de comisionistas, consignatarios y agencias de viajes mayoristas y minoristas -enumeradas en el Anexo I de la Res. 220/19 (SePyME).