ID 19864258 ¿Los productores asesores de seguros se encuentran alcanzados por la obligación dispuesta en el Art.47 del Decreto 1387/01 por el desarrollo de dicha actividad?
05/12/2023 04:16:43 p.m.
No, por cuanto los productores asesores de seguros no son quienes realizan en forma habitual la prestación de servicios de consumo masivo, sino que desarrollan una actividad de intermediación entre las entidades aseguradoras y los asegurados, percibiendo por dicha tarea una comisión por parte de las referidas entidades, que son las que prestan el servicio de seguro.