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ID 19737220
¿Qué efectos implicarán y que sanciones serán aplicadas en caso de incumplimiento?
24/05/2017 12:00:00 a.m.

El incumplimiento de las obligaciones implicará:

a) El encuadramiento del responsable en una categoría creciente de riesgo según lo previsto por la Resolución General N° 3985-E - Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER).

b) La suspensión o exclusión, según corresponda, de los Registros Especiales Tributarios de este Organismo en los que estuviere inscripto.

c) La suspensión de la tramitación de certificados de exclusión o de no retención solicitados por el responsable conforme a las disposiciones vigentes.

Asimismo, el incumplimiento de las obligaciones dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la Ley N°11683, sin perjuicio de la promoción de las actuaciones pertinentes ante las autoridades administrativas o judiciales competentes, de corresponder.

Para mayor información se podrá acceder al micrositio, ingresando aquí.


Fuente: Art. 12 y 13 RG 4056/17



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