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ID 19440115
¿Qué superficie deberá considerarse a los efectos de informar un soporte publicitario?
14/07/2015 12:00:00 a.m.

La superficie del soporte publicitario a informar será la de exhibición máxima que posea, entendiéndose que la superficie de un anuncio publicitario se mide por el área del polígono que lo circunscribe, pasando por los puntos extremos excluyendo el pedestal o estructura.
Fuente: CIT AFIP



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