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ID 18765994
En atención a la vigencia del régimen resulta de aplicación a partir del 1° de enero de 2015, ¿se encuentra contemplado un plazo especial para la presentación de la información del régimen?
12/03/2014 12:00:00 a.m.

Si. Teniendo en cuenta lo normado en el Art. 33 de la RG 3685, la información a que se refiere el Art. 5, correspondiente a los períodos que se indican a continuación, deberá suministrarse hasta la fecha de vencimiento fijada para la presentación de la declaración jurada del impuesto al valor agregado de los meses que, para cada caso, se detallan:

MESES A INFORMARFECHAS DE VENCIMIENTO
Enero y Febrero de 2015Junio de 2015 (DDJJ IVA Mayo/15)
Marzo y Abril de 2015Julio de 2015 (DDJJ IVA Junio/15)
Mayo y Junio de 2015Agosto de 2015(DDJJ IVA Julio/15)
Julio y Agosto de 2015Septiembre de 2015 (DDJJ IVA Agosto/15)


Fuente: Art. 33 RG 3685/14



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