ID 18725014 Régimen de Factura Electrónica. ¿Prevalece el de la RG 3692/14?
01/12/2014 12:00:00 a.m.
En los casos en que de acuerdo a las normas vigentes los proveedores estén obligados a emitir comprobantes electrónicos originales, deberán regirse por cada régimen específico.
En los supuestos en que no mediara una obligación previa al dictado de la RG 3692, de emitir comprobantes electrónicos originales, será de aplicación lo previsto en el Título IV de la mencionada RG.
En todos aquellos aspectos que no fueron contemplados, resultan de aplicación supletoria las normas establecidas por la RG 1415 y 2485 y sus respectivas modificatorias y complementarias.