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ID 18329557
¿Quiénes pueden utilizar el VEP?
10/11/2023 03:00:50 p.m.





Podrán
utilizar el VEP aquellos los contribuyentes y/o responsables que se encuentren
obligados a cancelar sus obligaciones impositivas, de los recursos de la
seguridad social y aduaneras mediante transferencia electrónica de fondos, así
como aquellos que opten por dicha modalidad de pago.

Más
información ingresando
aquí.






Fuente: Art.1, Resolución General N°. 1778/04 y modificatorias



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