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ID 17704612
¿Qué operaciones se deben informar?
23/12/2013 12:00:00 a.m.

Se informarán aquellas operaciones que realicen en el mercado interno con cualquier sujeto constituido, domiciliado, radicado o ubicado en el país con los que se configure alguno de los supuestos de vinculación detallados en el Anexo I de la RG 3572/13.

La información deberá ser cumplida por todas las partes residentes en el país involucradas en los distintos roles de los supuestos de vinculación aludidos.


Fuente: Art. 8 RG 3572/13



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