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ID 175826
¿Qué obligaciones puedo incluir?
10/10/2005 12:00:00 a.m.

Podrá incluir el saldo de impuesto resultante de las declaraciones juradas originarias del impuesto a las ganancias y/o sobre los bienes personales, y en su caso sus intereses resarcitorios y multas.
También se podrá realizar el ingreso del saldo de impuesto correspondiente a las declaraciones juradas rectificativas cuando para la cancelación de la declaración jurada originaria o alguna rectificativa anterior del período fiscal anterior no se hubiera solicitado dicho plan.



Fuente: Art. 1 RG 984/01



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