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ID 17540692
¿Una vez nacionalizado el vehículo que requisitos deberán cumplirse respecto a la tenencia del mismo?
04/11/2013 12:00:00 a.m.

Una vez nacionalizado:

- no puede ser transferido a titulo oneroso o gratuito hasta 1 año después de su libramiento.

- el beneficiario es el único autorizado a conducir durante la vigencia de dicho plazo.

- en el Certificado para el registro de los automotores, motociclos y velocípedos en los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios se establecerá la siguiente leyenda: "En el Certificado de Identificación del vehículo se establecerá la leyenda: "UNICO AUTORIZADO PARA CONDUCIR" a continuación del Apellido y Nombre del titular, y en el Título de Propiedad del Automotor se consignará que el vehículo no puede ser transferido hasta el día/mes/año.".


Fuente: Res. ANA 5107/80 y 1568/92



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