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ID 16983364
¿Cuál es el procedimiento previsto para los operadores de comercio exterior comprendidos en el SICNEA?
27/11/2023 03:58:24 p.m.


El mismo se encuentra previsto en el punto 2.1 del Apartado II del Anexo I de la RG 3474/13:


2.1.
Sujetos comprendidos en el SICNEA.

 


2.1.1.
El servicio “web” SICNEA estará disponible en el sitio
www.afip.gob.ar.

2.1.2.
Para acceder a dicho servicio se deberá tener Clave Fiscal, con
nivel mínimo de seguridad 3.

2.1.3. El administrado o la
persona debidamente autorizada podrá acceder al sub-módulo “Oficina
de Comunicaciones y Notificaciones Electrónicas Aduaneras” las
24
horas del día, durante todo el año.

2.1.4. En este sub-módulo
estarán disponibles los actos a comunicar o notificar.

2.1.5.
Los actos se considerarán comunicados o notificados en los
siguientes momentos, el que ocurra primero:



a) El día
que el administrado o la persona debidamente autorizada acceda al
sub-módulo “Oficina de Comunicaciones y Notificaciones
Electrónicas Aduaneras”, o



b) A las
00
horas
del día lunes inmediato posterior a la fecha en que las
comunicaciones o notificaciones se encontraran disponibles en el
sub-módulo referido en el inciso precedente.

Cuando el día
fijado en los incisos a) y b) coincidan con un día feriado o inhábil
administrativo, el momento de perfeccionamiento de las comunicaciones
y notificaciones se trasladará a las
00
horas del primer día hábil inmediato siguiente.

En caso de
inoperatividad del sistema por un período igual o mayor a
24
horas, dicho lapso no se computará a los fines indicados en el
inciso b). En consecuencia, la notificación allí prevista se
considerará perfeccionada el primer lunes, o el día hábil
inmediato siguiente -en su caso-, posterior a la fecha de
rehabilitación de su funcionamiento, excepto que el usuario se
notifique con anterioridad a esos días.

2.1.6. A fin de
acreditar la existencia y materialidad de la comunicación o
notificación, el sistema registrará dichos eventos en el sub-módulo
de “Certificación” y posibilitará la emisión de una constancia
que se podrá imprimir. 

 


Fuente: Anexo I RG 3474/13 y modificatorias



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