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ID 16886465
¿En qué momento se debe presentar el formulario 572 "web" para informar las deducciones?
26/03/2024 10:59:41 a.m.








 La presentación del formulario 572 no contempla un límite de
presentaciones por periodo fiscal, es decir, se podrán presentar las
rectificativas necesarias, de todas maneras deberá tener en cuenta
las siguientes instancias:




a) Al inicio de una relación laboral y, en su caso, cuando se
modifiquen los respectivos datos, se deberá cargar en el formulario:



  • Datos personales: Apellido y nombres, y domicilio.






  • Apellido y nombres o denominación o razón social y Clave Única de
    Identificación Tributaria (C.U.I.T.) de su/s empleador/es,
    identificando al designado como agente de retención de acuerdo con
    lo establecido en el Artículo 3º.






  • El detalle de las personas a su cargo, indicando -cuando
    corresponda- que por ellas no percibe prestaciones del Régimen de
    Asignaciones Familiares.






Ingrese a más información sobre las cargas de familia en el Micrositio
- cargas de familia
y sobre la deducción personal a
la que corresponde en Deducciones
Personales


b) Mensualmente:



  • Cuando se trate de pluriempleo deberá cargar el importe bruto de
    las remuneraciones y sus respectivas deducciones correspondientes al
    mes anterior del mismo año fiscal, incluyendo por separado
    aquellas retribuciones que correspondan conforme a lo dispuesto en
    el Apartado B del Anexo II y las cuotas del aguinaldo (SAC)






  • Cuando deba informar los conceptos e importes de las deducciones
    generales a las que podrá acceder en el Micrositio
    - deducciones generales






 


De todas formas, la transferencia electrónica de los datos
contenidos en el formulario de declaración jurada F. 572 "Web",
es decir la presentación del SIRADIG, correspondientes a cada
período fiscal deberá ser efectuada hasta el 31 de marzo,
inclusive, del año inmediato siguiente al que se declara.



Importante: Excepcionalmente,
el formulario correspondiente al año 2023 podrá presentarse hasta
el 30 de abril de 2024.









Fuente: Art. 11 RG 4003/17



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