ID 16703789 ¿Los profesionales matriculados pueden deducir el aporte jubilatorio realizado a la caja profesional?
31/05/2023 11:26:37 a.m.
Los aportes a una caja profesional provincial serán deducibles y procederá su cómputo dentro del marco de la RG 4003/17, únicamente si dicha erogación es obligatoria y necesaria para que el empleado cumpla con la actividad en relación de dependencia por la cual percibe la remuneración gravada, en cuyo caso deberán informarse en el servicio con clave fiscal "SIRADIG - Trabajador".
Ahora bien, de no cumplir con tales condiciones y en tanto se verifique la relación de causalidad - plasmada en los arts. 17 y 80 de la Ley del Impuesto a las Ganancias- con la obtención de rentas de la cuarta categoría alcanzadas por el tributo y no comprendidas en el aludido régimen retentivo, los aportes en cuestión deberán ser considerados en la declaración jurada anual donde se consignen las aludidas rentas.