ID 16671001 ¿Cuándo se produce la exclusión del "Registro de Contribuyentes Socialmente Responsables"?
07/01/2013 12:00:00 a.m.
La constatación del incumplimiento de alguno de los requisitos detallados en el art. 3 de la RG 3424/12 implicará, en forma automática, la exclusión del contribuyente, tanto del "Registro" como de los programas de difusión comunicacional en los que pudiere estar incluido, hasta tanto subsane tal anomalía o, tratándose de los supuestos detallados en los incisos d), e) y f) del citado artículo, transcurra el plazo exigido a que se hace referencia en los mismos.