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ID 16118289
¿Cuáles son los requisitos y condiciones adicionales que deberán cumplir las uniones transitorias de empresas, los consorcios de cooperación y demás contratos asociativos no societarios para operar como importadores y exportadores?
24/10/2012 12:00:00 a.m.

Los requisitos y condiciones adicionales que deberán cumplir las uniones transitorias de empresas, los consorcios de cooperación y demás contratos asociativos no societarios para operar como importadores y exportadores son los siguientes:

a) El representante y cada uno de sus partícipes no deberán estar comprendidos en alguno de los supuestos previstos en el Artículo 94, apartados 1 ó 2, inciso d) del Código Aduanero.

b) El contrato y todos sus partícipes deberán estar inscriptos en la Inspección General de Justicia o, en su caso, en el organismo correspondiente con competencia en materia registral.

c) En el contrato deberá indicarse expresamente:

1. El sujeto que ejercerá la representación de los demás partícipes. Si son varios representantes, deberá unificarse dicha representación.

2. Que el representante y cada uno de los partícipes asumen responsabilidad solidaria e ilimitada por las obligaciones tributarias correspondientes a las operaciones realizadas por la unión transitoria de empresas, consorcio de cooperación o el contrato asociativo no societario de que se trate, así como por el pago de los intereses y penas aplicables por las infracciones o delitos aduaneros que se constaten.


Fuente: Art. 3 RG 2551/09



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