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ID 16064423
Evento 3260 - ¿Cómo se debe proceder en caso de haber incluido deuda aduanera en un convenio de pagos?
09/10/2012 12:00:00 a.m.

Una vez aprobado el convenio, deberá dirigirse a la Aduana correspondiente a los efectos de que ingrese el saldo imputado a la cancelación de las deudas aduaneras en el Sistema María, para luego afectarla a la cancelación de deudas aduaneras.

Una vez validados informáticamente los datos, se generará un depósito en la Sub Cuenta María, en la dupla Exportador/ Despachante elegida, identificable como Bono 704 de libre disponibilidad por el lapso de 10 días hábiles para cancelar deuda aduanera (derechos de exportación, importación, IVA, IVA Adicional y Ganancias).

El día 11 será devuelto automáticamente el saldo o la totalidad del bono en la CBU del exportador.


Fuente: CIT AFIP



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