ID 15928587 Evento 3167 - ¿Cómo debe informar una sociedad de hecho integrada por dos socios y que explota el campo propiedad de ambos la superficie destina a la siembra, cómo campo propio o arrendado?
07/09/2012 12:00:00 a.m.
En el caso de Sociedades de Hecho, la misma actúa como arrendataria de la superficie, los socios son los arrendadores, por lo que no les corresponde declarar capacidad de producción sobre el inmueble cedido en arrendamiento (dado que esta superficie la declarará el arrendatario). Tampoco les corresponde declarar la existencia de granos obtenidos de terceros en concepto de pago en especie por el arrendamiento de inmuebles rurales (dado que no son de su propia producción). Es decir la sociedad de hecho debe declarar la superficie sembrada en el campo "En inmuebles de terceros" y las existencias de granos que obtenga por la misma.