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ID 15764647
Evento 3121 - ¿Cómo debe presentarse la información del primer semestre del año 2012?
21/08/2012 12:00:00 a.m.

Los sujetos alcanzados deberán presentar -con carácter de excepción- la información semestral correspondiente al período comprendido entre el día 1º de enero de 2012 y el día 30 de junio de 2012, ambos inclusive, en la forma, plazos y condiciones previstos por la Resolución General Nº 2.159 y sus modificaciones. Para ello utilizarán el programa aplicativo denominado "AFIP DGI - REGIMEN INFORMATIVO DE PAGO DE EXPENSAS - Versión 2.0".


Fuente: Art. 9 RG 3369/12



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