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ID 15713123
Evento 3097 - ¿Cómo deben proceder los sujetos obligados en caso de de no haberse registrado operaciones alcanzadas por el presente régimen en un período?
16/08/2012 12:00:00 a.m.

En el supuesto de no haberse registrado operaciones alcanzadas por el presente régimen en un período mensual, los establecimientos comprendidos en el mismo deberán informar a través del sistema la novedad "SIN MOVIMIENTO".

Cuando se verifiquen al menos CUATRO (4) presentaciones sucesivas "SIN MOVIMIENTO", los responsables no estarán obligados a continuar presentando declaraciones juradas en los períodos siguientes, hasta que se produzca una nueva información.


Fuente: Art. 8 RG 3368/12



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