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ID 15687361
Evento 3092 - ¿Cómo se procede ante la falta de operaciones a informar en determinado período?
16/08/2012 12:00:00 a.m.

En el supuesto de no haberse pagado comisiones y honorarios alcanzados por el presente régimen, en un período mensual, se deberá informar a través del sistema la novedad "SIN MOVIMIENTO", hasta la fecha de vencimiento que se fija en el Art. 7° o, en su caso, en el Art. 8°.


Fuente: Art. 4 RG 3367/12



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