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ID 15422715
¿Cuál es la vigencia de la RG 3312/12?
07/03/2023 11:55:53 a.m.



Las
disposiciones establecidas por la 
RG
3312/12
 entrarán
en vigencia a partir del día 1 de julio de 2012, inclusive y
resultarán de aplicación según se indica seguidamente:

a)
El régimen de información del Título I: a partir del período
finalizado el día 31 de diciembre de 2011.


Además
y de tratarse de fideicomisos constituidos en el exterior, los
responsables indicados en el Artículo 1º se encuentran obligados a
informar los datos que se detallan en el Anexo II de la presente,
respecto de los años 2009 y 2010, hasta el día de vencimiento
fijado en el Artículo 5º -correspondiente al mes de julio de 2012-
siempre que la fecha de constitución del pertinente fideicomiso así
lo permita.






b)
El régimen de registración de operaciones del Título II: para las
operaciones formalizadas a partir del día 1º de enero de 2012,
inclusive.

 


Fuente: Art. 16 RG 3312/12 y RG 5285/22



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