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ID 14385209
¿Corresponde habilitar un punto de venta distinto para cada sistema de facturación?
27/12/2023 01:10:28 p.m.



Cada
solicitud de emisión de comprobantes electrónicos deberá
efectuarse por un punto de venta, que será específico y distinto a
los utilizados mediante "Controlador Fiscal", manualmente o
como Autoimpresor, y/o para otros regímenes o sistemas de
facturación. Es decir, los comprobantes electrónicos deben tener un
punto de venta diferente.


Asimismo,
cuando la solicitud de emisión se formalice indistintamente mediante
el servicio denominado "Comprobantes en línea" y "Web
Services", los puntos de venta a utilizar deberán ser
diferentes entre sí.


Importante:
Los documentos electrónicos correspondientes a cada punto de venta
deberán observar la correlatividad en su numeración.





Para
ver la guía paso a paso para habilitar los Puntos de Venta
ingresar
aquí.

 


Fuente: Art. 11 RG 4291/18



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