Según el sujeto que guarda la documentación aduanera, los archivos podrán ser:
a) Particulares (auto-archivo): archivo individual de cada declarante, el cual, según la cantidad de destinaciones u operaciones aduaneras declaradas por año calendario, se clasifica en:
- De hasta 5.000 destinaciones u operaciones declaradas.
- De más de 5.000 destinaciones u operaciones declaradas.
b) Generales (PSAD): archivo para más de un declarante.