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ID 14022199
Evento 2797 - ¿Debo empadronarme en el régimen de factura electrónica?
02/12/2010 12:00:00 a.m.

Los sujetos deberán comunicar a esta Administración Federal, el período mensual a partir del cual comenzarán a emitir los comprobantes electrónicos.

Dicha comunicación se realizará mediante transferencia electrónica de datos a través seleccionando el servicio "Regímenes de Facturación y Registración (REAR/RECE/RFI). Deberán utilizar la respectiva "Clave Fiscal", y seleccionar la opción "R.E.C.E. - Factura Electrónica - Régimen Obligatorio". La incorporación será publicada en el sitio "web" institucional.


Fuente: Art. 3 RG 2975/10



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